Oficializa gobierno de Milei el retiro de las pensiones a Cristina Fernández
Noviembre 15 del 2024.-(EFE).- (Foto de Leo La Valle de la agencia EFE).-El Gobierno de Argentina oficializó este viernes su decisión de quitarle a la expresidenta Cristina Fernández (2007-2015) las pensiones que cobraba por haber ocupado la Jefatura de Estado y por ser viuda del también expresidente Néstor Kirchner (2003-2007).
La decisión, anunciada este jueves por el Gobierno de Javier Milei, se hizo efectiva a través de una resolución de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses, organismo estatal que administra el sistema de jubilaciones en Argentina) publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La resolución recuerda que el pasado miércoles un tribunal de alzada confirmó una condena para Fernández a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en un juicio por irregularidades en la concesión de obras viales durante su Gobierno y el de Kirchner.
La Anses alegó que las pensiones vitalicias para expresidentes “devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional”.
Cristina Fernández llamó este jueves “dictadorzuelo” a Milei al rechazar su decisión de quitarle la pensión y pretender “juzgar el honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo de los expresidentes”.
Fernández sostuvo que la decisión del Gobierno de Milei es “ilegal” porque las pensiones para expresidentes no se conceden por buen desempeño, sino por el “mérito” de haber sido elegidos como jefes de Estado por el voto popular.
Alegó, además, que “el mal desempeño de un presidente sólo lo puede juzgar el Congreso de la Nación a través del proceso constitucional de juicio político durante el ejercicio del mandato”.
Fernández puede apelar ante la Corte Suprema el fallo condenatorio emitido el pasado miércoles y, si lo hace, la sentencia queda en suspenso hasta que el máximo tribunal se expida, para lo cual el Supremo no tiene plazos.
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